lunes, 26 de diciembre de 2011

Disminuyen muertes por accidentes viales en 2011

Zona Franca
25 diciembre, 2011
Por: Karla Fernández
En estas épocas decembrinas, cuando se vuelven cotidianos los accidentes vehiculares, se detectó hasta en un 2.4 por ciento de disminución de muertes por accidentes viales, esto en comparación con el año anterior, informó la Secretaría de Salud del Estado de Guanajuato

El porcentaje representa 28 defunciones menos. La educación vial es un factor importante para evitar pérdidas humanas en los accidentes de tránsito, a esto se le suma la capacitación de elementos en urgencias medicas, la instalación de la red estatal de directores de transito, entre otras medidas de preparación para la población en general.

Al día de hoy se han registrado mil 126 defunciones por accidentes en el estado de Guanajuato en el 2011, a pesar de que Guanajuato ocupó el primer lugar en la evaluación de los Indicadores Caminando a Excelencia a nivel nacional.
Además de las medidas implementadas como línea basal en los municipios prioritarios, capacitación la población en general en temas de Seguridad Vial, también es de resaltar la implementación del plan nacional de alcoholimetría en los municipios con mayor población.

martes, 11 de octubre de 2011

Ley modelo

FACTOR DE RIESGO CINTURÓN DE SEGURIDAD
NORMA LEY
PROPUESTA DE REFORMA

ARTÍCULO.- El número de personas que podrá viajar en los vehículos que transiten por la vía pública, será igual al número disponible de plazas o asientos por persona, con excepción de los autobuses de cualquier tamaño, autorizados para el servicio de transporte público colectivo.

ARTÍCULO.- Es responsabilidad solidaria del propietario y del conductor de cada vehículo, el verificar que la unidad de su propiedad, o la unidad que conduce, cuente con cinturones de seguridad para todos los asientos disponibles, manteniéndolos en buen estado, funcionando, y sin alterar las adecuaciones, según el fabricante y el modelo.

ARTÍCULO.- Al circular por la vía pública, los conductores de vehículos deberán utilizar el cinturón de seguridad debidamente colocado y abrochado, asegurándose que los pasajeros hagan lo mismo, incluido el transporte público en su modalidad de taxi y el transporte escolar.

ARTÍCULO.- La omisión a utilizar el cinturón de seguridad pone en riesgo la integridad física de los ocupantes del vehículo, por lo cual será contabilizada para la suspensión del permiso o licencia para conducir, la reincidencia dentro del término de un año contado a partir del día siguiente de aquel en que se cometió la primera infracción, se sancionará con suspensión de la licencia o permiso para conducir por el término de un año, independientemente de las sanciones administrativas o delitos que pudieran resultar.
Para el caso de la reincidencia, se tomará como una sola modalidad la no utilización del cinturón de seguridad o del sistema de retención infantil correspondiente.

TRANSITORIO.- Los vehículos de modelo antiguo que no cuenten con cinturón de seguridad, tendrán un plazo de 6 meses a partir de la publicación de la nueva ley para acondicionar con cinturón de seguridad todos los asientos o plazas disponibles en el mismo conforme a esta normatividad.


FACTOR DE RIESGO CINTURÓN DE SEGURIDAD
NORMA REGLAMENTO
PROPUESTA DE REFORMA

ARTÍCULO.- Los conductores deberán velar por la integridad física y la seguridad de su persona y la de los pasajeros como responsables del vehículo; para ello, deberán utilizar el cinturón de seguridad y exigir que lo usen todos los pasajeros del vehículo

SANCIÓN:
El conductor que no utilice el cinturón de seguridad o conduzca un vehículo en el cual alguno de los pasajeros no lo use, será sancionado con el equivalente a la cantidad de ______salarios mínimos, aplicable por cada uno de los ocupantes que no lo utilicen.


FACTOR DE RIESGO SISTEMA DE RETENCIÓN INFANTIL
NORMA LEY
PROPUESTA DE REFORMA

ARTÍCULO.- Los menores de 15 años deben viajar en el asiento trasero, salvo en los vehículos que no cuenten con éste, en cuyo caso deberán transportar al menor debidamente sentado y asegurado. En caso de los vehículos de más de dos hileras de asientos, deberán viajar en los asientos ubicados a partir de la segunda fila, en cuyo caso, preferentemente deberán ser transportados en la hilera central que generalmente brinda mayor protección.

ARTÍCULO.- Los menores de 12 años de edad, con estatura inferior a 1.37 metros, deben ser transportados debidamente sentados y sujetos al sistema de retención infantil o sillas porta infante, en su modalidad genérica de portabebés o silla elevada, correspondiente a su peso y estatura.

ARTÍCULO.- En caso de circunstancias especiales por enfermedad o discapacidad física o mental, se utilizará el sistema más conveniente para brindar el máximo de seguridad al infante.

SANCIÓN:
El transportar a menores de 12 años con estatura igual o menor a 1.37 metros, sin el sistema de retención infantil correspondiente a su edad, peso y estatura, pone en riesgo la integridad física del menor que se transporta, y se sancionará con un monto equivalente que va de _____ a ____ salarios mínimos, para lo cual se tomará en cuenta el riesgo al que se expone a este, con base en la forma en que se transporta al menor, edad y condición del mismo, a criterio de la autoridad administrativa correspondiente, además se contabilizará para la suspensión del permiso o licencia para conducir en los términos del artículo ___(referente a la suspensión por la no utilización del cinturón de seguridad).

FACTOR DE RIESGO SISTEMA DE RETENCIÓN INFANTIL
NORMA REGLAMENTO
PROPUESTA DE REFORMA

ARTÍCULO.- Los sistemas de retención infantil o sillas de coche porta infante, son dispositivos complementarios para la seguridad de los infantes y se clasifican de acuerdo a las características de peso y estatura del niño. Dicho sistema deberá contar con la certificación de la autoridad federal correspondiente (Norma Oficial Mexicana) o cumplir con las normas internacionales como la norma Euro NCAP o la Estándar no. 213 de DOT.

ARTÍCULO.- Las características de los sistemas de retención infantil deberá ser la mas adecuada para el peso y estatura del infante, de conformidad con la siguiente clasificación:

a) Asiento para niño de uso mirando hacia atrás, para un peso de 2.3 kilogramos y hasta 10 kilogramos, y para una estatura de 48 a 74 centímetros.

b) Asiento para niño de uso viendo hacia atrás o hacia delante, según necesidad; para un peso de 2.3 y hasta 18 kilogramos y para una estatura de 48 y hasta 101 centímetros;

c) Asiento elevado tipo Booster, con capacidad de peso de 9 y hasta 45.3 kilogramos; y para una estatura de 74 y hasta 137 centímetros.

FACTOR DE RIESGO CASCO PARA MOTOCICLISTA
NORMA LEY
PROPUESTA DE REFORMA

ARTÍCULO.- Los motociclistas y, en su caso, el pasajero que le acompañe, siempre que se encuentren circulando en el vehículo, deberán usar debidamente colocado y sujeto el casco protector que cuente con certificación de la Norma Oficial Mexicana, la americana (DOT), o la homologación europea (ECE ) Esta disposición se aplicará para cualquier tipo de motocicleta, triciclo bicimoto o cuatrimoto.

SANCIÓN:
Los motociclistas, y en su caso el pasajero que le acompañe, deberán usar debidamente colocado y sujeto el casco protector, la omisión a usar debidamente este dispositivo de seguridad se sancionará con un monto equivalente de ___ a ___ salarios mínimos, los cuales se incrementarán en un 50 % al tratarse de un pasajero menor de edad.

En caso de ser menor de edad el motociclista omiso, se le sancionará con ___ salarios mínimos y 72 horas de servicio comunitario inconmutable.

En caso de reincidencia dentro del término de un año, además de la sanción correspondiente, se suspenderá la licencia para conducir por un lapso de 6 meses, si el reincidente es menor de edad, independientemente de la sanción que se establece en el párrafo que antecede, se cancelará temporalmente el permiso o licencia de conducir hasta que el mismo alcance la mayoría de edad y haya transcurrido un término de cuando menos dos años.

FACTOR DE RIESGO CASCO PARA MOTOCICLISTA
NORMA REGLAMENTO
PROPUESTA DE REFORMA

ARTÍCULO.- La omisión a utilizar casco protector de seguridad con la debida certificación de la Norma Oficial Mexicana, la americana (DOT), o la homologación europea (ECE), por el motociclista y su acompañante, pone en riesgo la integridad física del que no lo porta, por lo cual además de que se aplicará la sanción correspondiente se contabilizará para la suspensión o cancelación de la licencia de conducir.

ARTÍCULO.- El número de personas que podrán viajar en una motocicleta, triciclo, bicimoto o cuatrimoto, será igual al número de plazas o asientos disponibles por persona, o aquella que señale la tarjeta de circulación del vehículo.

FACTOR DE RIESGO CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL
NORMA LEY
PROPUESTA DE REFORMA

ARTÍCULO.- Corresponde a la Secretaría de Vialidad y Tránsito, a través de su titular, convenir con la Secretaría de Salud, Secretaría de Educación Pública y Secretaría de Seguridad Pública, la implementación de programas en materia de capacitación, seguridad y cultura vial;
ARTÍCULO.- Corresponde a la Secretaría de Vialidad y Tránsito, Secretaría de Salud, y Secretaría de Seguridad Pública, la implementación de programas y revisiones permanentes a los conductores de vehículos automotores, incluido el transporte público, con el fin de prevenir accidentes viales y promover la cultura vial.
ARTÍCULO.- Los conductores de vehículos tienen prohibido conducir cuando sus facultades físicas o mentales se encuentren alteradas por el influjo de bebidas alcohólicas, drogas, estupefacientes, medicamentos, o cansancio excesivo.
ARTÍCULO.- Para los efectos de esta Ley deberá entenderse por:

Presumible Estado de Incapacidad: cuando a través de los sentidos y por las manifestaciones externas aparentes, razonablemente se puede apreciar que la conducta o la condición física de una persona presenta alteraciones en la coordinación, en la respuesta de reflejos, en el equilibrio o en el lenguaje, por el consumo de alcohol etílico, drogas, estupefacientes o cualquier otro motivo;

Aliento Alcohólico: condición física y mental ocasionada por la ingesta de alcohol etílico que se presenta en una persona cuando su organismo contenga entre 0.1 y 0.39 gramos de alcohol por litro de sangre o su equivalente en algún otro sistema de medición;

Estado de ebriedad incompleto: Es el estado de ineptitud para conducir en el que la condición física y mental ocasionada por la ingesta de alcohol etílico, que se presenta en una persona cuando su organismo contiene entre 0.4 y 0.79 gramos o mas de alcohol por litro de sangre, o su equivalente en el examen de aire expirado, es decir entre 0.2 y 0.4 miligramos de alcohol por litro de aire expirado, y de más de 0.0 gramos de alcohol por litro de sangre tratándose de conductores de servicio público de transporte; o su equivalente en algún otro sistema de medición;

Estado de Ebriedad completo: condición física y mental ocasionada por la ingesta de alcohol etílico que se presenta en una persona cuando su organismo contiene más de 0.8 gramos de alcohol por litro de sangre o su equivalente en el examen de aire expirado, es decir, más de 0.41 miligramos de alcohol por litro de aire expirado, o su equivalente en algún otro sistema de medición;

Prevención: conjunto de acciones dirigidas a evitar o reducir los accidentes viales por el abuso en el consumo de bebidas alcohólicas, o por cualquier otro motivo;

ARTÍCULO.- Se consideran conductas violatorias o infracciones a esta Ley, las siguientes:
I. Conducir en estado de ebriedad incompleto o en estado de ebriedad completo.
II. Poseer, en el área de pasajeros de un vehículo, una botella, lata u otro envase que contenga una bebida alcohólica que ha sido abierta o tiene sellos rotos o el contenido parcialmente consumido; no se considerará como área de pasajeros aquella con asientos abatibles habilitada para carga si al momento de la revisión se utiliza para este último fin.

ARTÍCULO.- En la aplicación de esta Ley se considerará que una persona se encuentra en presumible estado de intoxicación por alcohol o drogas, cuando se observe conduciendo de forma temeraria o inhábil al operante de un vehículo, presente alteraciones en la coordinación, la respuesta a reflejos, la alteración del equilibrio o del lenguaje.

ARTÍCULO.- Las autoridades en materia de seguridad vial, al tener conocimiento de la comisión de infracciones que contemplen como sanción la suspensión de licencias, lo notificará de inmediato a la autoridad competente para el registro de la misma, remitiéndole la documentación en la que consten las infracciones cometidas y la licencia que se haya recogido al conductor.

ARTÍCULO.- Se considera infracción grave el conducir un vehículo en estado de ebriedad, ya sea completo o incompleto, o bajo el efecto de estupefacientes, psicotrópicos, o cualquier sustancia que altere de igual manera los reflejos en el conductor.

SANCIÓN:
Será sancionado el conductor que posea en el área de pasajeros del vehículo, una botella, lata u otro envase que contenga una bebida alcohólica que ha sido abierta o tiene sellos rotos o el contenido parcialmente consumido, la multa aplicable será del equivalente de ___ a ____ salarios mínimos de la región donde se haya cometido la infracción y suspensión de la licencia de conducir por un tiempo de _____ a _____ meses. Aplica la misma sanción en el caso de que la persona que se encuentre consumiendo sea menor de edad, además se acordará con quienes ejerzan la patria potestad o custodia, el tratamiento o medidas a seguir, quienes deberán acompañar al infractor a dicho tratamiento o aplicar las medidas acordadas, teniendo a su cargo las responsabilidades patrimoniales correspondientes. Quienes ejerzan la patria potestad o custodia del menor deberán acreditar cuando menos cada bimestre el proceso, y en su momento, el total cumplimiento de la resolución o tratamiento acordado. La omisión será sancionada con multa equivalente de ___ a ___ salarios mínimos de la región, prevaleciendo la obligación acordada, aplicando la misma sanción cada que se omita el trámite correspondiente. En caso de reincidencia se duplicará el monto de la multa impuesta previamente y la suspensión de la licencia será de dos años;

SANCIÓN:
La conducción de vehículos automotores bajo los efectos del alcohol se sancionará de conformidad con las siguientes fracciones:
I.- Por conducir en estado de ebriedad incompleto, será de multa equivalente de ___ a ____ salarios mínimos de la región donde se haya cometido la infracción, y arresto administrativo de veinticuatro horas;
II.-Por conducir en estado de ebriedad completo, o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o cualquier otra sustancia que produzca efectos similares, multa de ____ a ____ salarios mínimos de la región donde se haya cometido la infracción, arresto administrativo de treinta y seis horas, y suspensión de la licencia por un término de entre uno y dos años, la cual podrá conmutarse por suspensión de la licencia por un término no menor a 6 meses, cuando el conductor compruebe a satisfacción de la autoridad administrativa competente, haberse sometido a tratamiento curativo de deshabituación al alcohol o sustancias toxicas; para recuperar la licencia de conducir se deberán cubrir los mismos requisitos establecidos para la obtención de la licencia nueva, además de una investigación de trabajo social y exámenes de toxicomanía y alcoholismo, que demuestren que el interesado no es dependiente de bebidas alcohólicas, ni estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias que produzcan efectos similares;

III.- Por conducir en estado de ebriedad incompleto o en estado de ebriedad completo, en forma reincidente, o transportando a un menor de edad, procederá multa de ____ a ____ salarios mínimos de la región donde se haya cometido la infracción, tratamiento curativo de deshabituación al alcohol, cancelación de la licencia para conducir hasta por seis años y arresto administrativo de setenta y dos horas; para recuperar la licencia se deberán cubrir los requisitos señalados en la fracción que antecede. Para el caso de la aplicación de la sanción por reincidencia, se considerará la conducción en estado de ebriedad independientemente de si es incompleto o completo.

IV.- Tratándose de menores no emancipados que presenten más de 0.1 gramos de alcohol por litro de sangre o su equivalente en cualquier otro sistema de medición, se sancionará con ciento cuarenta y cuatro horas de servicio comunitario, con multa de entre ____ y ____ salarios mínimos, además se les cancelará el permiso para conducir hasta que hayan alcanzado la mayoría de edad y hayan transcurrido cuando menos dos años, acordándose con quienes ejerzan la patria potestad o custodia, el tratamiento o medidas a seguir para la rehabilitación del menor, quienes deberán acompañar al infractor a dicho tratamiento o aplicar las medidas acordadas, teniendo a su cargo las responsabilidades patrimoniales correspondientes.
Las anteriores sanciones son sin menoscabo de las responsabilidades civiles y penales que procedan.

V.- Tratándose de conductores que hayan obtenido licencia de conducir por primera vez, y sean sorprendidos dentro de los dos primeros años de vigencia de la misma, conduciendo con más de 0.1 gramos de alcohol por litro de sangre o su equivalente en cualquier otro sistema de medición, se sancionará con multa de entre ____ y ____ salarios mínimos, además se les cancelará el permiso o licencia para conducir hasta por tres años.

En caso de reincidencia, se sancionará de conformidad con lo establecido en la fracción III de este mismo artículo.

FACTOR DE RIESGO CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL
NORMA REGLAMENTO
PROPUESTA DE REFORMA

ARTÍCULO.- Los conductores de vehículos están obligados a someterse a un examen para detectar los grados de alcohol o la influencia de drogas o estupefacientes cuando le sea requerido por autoridad de Salubridad, de Seguridad Pública o de Tránsito y Vialidad En caso de negativa, se presume la intoxicación y se actuará conforme a la ley de la materia y al presente Reglamento.

ARTÍCULO.- Para la debida conversión de las equivalencias métricas de alcohol en la sangre o por aire expirado, se atenderá a la siguiente tabla:

TABLA DE EQUIVALENCIAS, PARA LA MEDICIÓN DE ALCOHOL: EN LA SANGRE Y POR AIRE EXPIRADO

Concentración de alcohol en la sangre
(Porcentaje de alcohol en la sangre) Concentración de alcohol en la sangre
(Porcentaje de alcohol en la sangre)
Concentración de alcohol en la sangre
(Porcentaje de alcohol en la sangre)
0.020 % BAC 0.20 g/l 0.10 mg/l
0.040 % BAC 0.40 g/l 0.20 mg/l
0.060 % BAC 0.60 g/l 0.30 mg/l
0.080 % BAC 0.80 g/l 0.41 mg/l
0.100 % BAC 1.00 g/l 0.51 mg/l
0.120 % BAC 1.20 g/l 0.61 mg/l
0.150 % BAC 1.50 g/l 0.77 mg/l
0.200 % BAC 2.00 g/l 1.02 mg/l
0.300 % BAC 3.00 g/l 1.53 mg/l
0.400 % BAC 4.00 g/l 2.05 mg/l

ARTÍCULO.- En cada operativo de Seguridad Pública o de Tránsito y Vialidad, deberá estar integrado un oficial que cuente con la certificación correspondiente para hacer el examen de aire expirado por la autoridad correspondiente.

ARTÍCULO.- La atención y diligencias respecto de accidentes de tránsito se harán por la autoridad competente en materia de tránsito y vialidad que tenga conocimiento del caso en primer lugar.

El Oficial de Seguridad Pública o de Tránsito y Vialidad que atienda un accidente, deberá practicar el examen de aire expirado u obtener el dictamen médico de los conductores participantes, cuando detecte que alguno de estos, presente presumiblemente se encuentre estado de ebriedad o se encuentra bajo el influjo de drogas o estupefacientes. En todo caso el dictamen de aire expirado o el dictamen médico sobre el contenido del alcohol en la sangre deberá definir si está en los supuestos de estado de ebriedad o intoxicación por otro tipo de sustancias, por enfermedad que inhiban los reflejos y la capacidad de conducir, de lo cual se debe entregar la debida constancia al examinado, turnando en su caso, copia del resultado a la autoridad de Tránsito y Vialidad, y a la autoridad de procuración de justicia que así lo solicite.

ARTÍCULO.- En todos los casos que se detecte que un conductor conduce de manera irregular, el elemento de Seguridad Pública o de Tránsito y Vialidad, le marcarán el alto para determinar el motivo por el cual se observa una conducción irregular, si el conductor presenta síntomas para presumir la conducción del vehículo bajo el influjo del alcohol, drogas, enervantes, estupefacientes, psicotrópicos o en ese momento presente cualquier otro motivo de incapacidad para conducir, la autoridad que en el término de este mismo artículo esté haciendo la revisión, deberá practicar el examen de aire expirado u obtener el dictamen médico del conductor, entregando y turnando copia del resultado al examinado, en su caso, a la autoridad de tránsito y vialidad, y a la autoridad de procuración de justicia que así lo solicite, para los efectos administrativos y legales a que haya lugar.
En los supuestos del párrafo anterior, se impedirá la conducción del vehículo, el cual será retirado de la circulación con grúa y remitido al depósito autorizado.

ARTÍCULO.- Aplica la presunción legal del estado de ebriedad completo para aquellas personas que habiendo participado en un hecho de tránsito se nieguen a proporcionar la correspondiente muestra, salvo prueba en contrario, en cuyo caso las autoridades de Seguridad Pública o de Tránsito y Vialidad, o personal médico de servició público o privado, levantarán la correspondiente acta circunstanciada de hechos, en presencia de dos testigos, en el momento oportuno, teniendo la responsabilidad principal de salvaguardar la vida e integridad física del lesionado (se requiere dejarlo debidamente asentado en el Código Penal, con el fin de darle fuerza).

ARTÍCULO.- Los establecimientos en los que se vendan y consuman bebidas alcohólicas, serán responsables solidarios en caso de daños patrimoniales que ocasione el cliente que haya consumido bebidas alcohólicas en dicho establecimiento, al conducir en estado de ebriedad, si se comprueba que al salir del mismo y entregarle su vehículo, el conductor se encontraba en estado de ebriedad completo o incompleto.

ARTÍCULO.- Los expendios o establecimientos que vendan bebidas alcohólicas, cualquiera que sea su graduación, por ningún concepto, deberán facilitar bebidas alcohólicas a quienes visiblemente presenten signos de haberlas consumido o de estarlas consumiendo y lleguen en vehículo automotor al establecimiento.

ARTÍCULO.- Dado el caso que se señala en los dos artículos anteriores, el elemento de Seguridad Pública o de Tránsito y Vialidad que tenga conocimiento del hecho, levantará el acta circunstanciada de hechos en presencia de dos testigos, firmando todos los participantes, e informará y prestará ayuda y cooperación a la autoridad competente en materia de inspección de reglamentos, para que registre la infracción y sancione al titular de la licencia de acuerdo con la ley y reglamento aplicable en la materia.

domingo, 11 de septiembre de 2011

"La teoría de las ventanas rotas"


  En 1969, en la Universidad de Stanford (EEUU), el Prof. Philip Zimbardo realizó un experimento de psicología social. Dejó dos autos abandonados en la calle, dos autos idénticos, la misma marca, modelo y hasta color. Uno lo dejó en el Bronx, por entonces una zona pobre y conflictiva de Nueva  York y el otro en Palo Alto, una zona rica y tranquila de California. Dos autos  idénticos abandonados, dos barrios con poblaciones muy diferentes y un  equipo de especialistas en psicología social estudiando las conductas de la gente en cada sitio

  Resultó que el auto abandonado en el Bronx comenzó a ser bandalizado en pocas horas. Perdió las llantas, el motor, los espejos, el radio, etc.  Todo lo aprovechable se lo llevaron, y lo que no, lo destruyeron. En  cambio el auto abandonado en Palo Alto se mantuvo intacto.

  Es común atribuir a la pobreza las causas del delito. Atribución en la que coinciden las posiciones ideológicas más conservadoras, (de derecha  y de izquierda). Sin embargo, el experimento en cuestión no finalizó ahí, cuando el auto abandonado en el Bronx ya estaba deshecho y el de  Palo Alto llevaba una semana impecable, los investigadores decidieron  romper un vidrio del automóvil de Palo Alto, California. El resultado  fue que se desató el mismo proceso que en el Bronx de Nueva York y el  robo, la violencia y el vandalismo redujeron el vehículo al mismo  estado que el del barrio pobre.

  ¿Por qué el vidrio roto en el auto abandonado en un vecindario  supuestamente seguro es capaz de disparar todo un proceso delictivo?

  No se trata de pobreza. Evidentemente es algo que tiene que ver con la  psicología, el comportamiento humano y con las relaciones sociales.

  Un vidrio roto en un auto abandonado transmite una idea de deterioro,  de desinterés, de despreocupación que va rompiendo códigos de convivencia, como de ausencia de ley, de normas, de reglas, como que  todo vale nada. Cada nuevo ataque que sufre el auto reafirma y multiplica esa idea, hasta que la escalada de actos, cada vez peores,  se vuelve incontenible, desembocando en una violencia irracional.

  En experimentos posteriores (James Q. Wilson y George Kelling)  desarrollaron la 'teoría de las ventanas rotas', misma que desde un punto de vista criminológico concluye que el delito es mayor en las  zonas donde el descuido, la suciedad, el desorden y el maltrato son mayores.

  Si se rompe un vidrio de una ventana de un edificio y nadie lo repara,  pronto estarán rotos todos los demás. Si una comunidad exhibe signos de  deterioro, y esto es algo que parece no importarle a nadie, entonces  allí se generará el delito. Si se cometen 'esas pequeñas faltas' como  estacionarse en lugar prohibido, exceder el límite de velocidad o  pasarse una luz roja y estas pequeñas faltas no son sancionadas,  entonces comenzarán a desarrollarse faltas mayores y luego delitos cada  vez más graves.

  Si los parques y otros espacios públicos son deteriorados progresivamente y nadie toma acciones al respecto, estos lugares serán abandonados por la mayoría de la gente (que deja de salir de sus casas por temor a las pandillas), esos mismos espacios abandonados por la  gente serán progresivamente ocupados por los delincuentes.

  La respuesta de los estudiosos fue más contundente aun, indicando que,  ante el descuido y el desorden, crecen muchos males sociales y se  degenera el entorno.

  Tan sólo vea un ejemplo en casa: si un padre de familia deja que su  casa tenga algunos desperfectos, como falta de pintura de las paredes  en mal estado, malos hábitos de limpieza, malos hábitos alimenticios,  malas palabras, falta de respeto entre los miembros del núcleo  familiar, etc., etc., etc., entonces poco a poco se caerá en un  descuido de las relaciones interpersonales de los familiares y comenzarán a crear malas relaciones con la sociedad en general y quizá  algún día llegarán a caer  en prisión.

  Esa puede ser una hipótesis de la descomposición de la sociedad  colombiana, venezolana y mexicana, la falta de apego a los valores universales, la falta de respeto de la sociedad entre sí, y hacia las  autoridades (extorsión y soborno) y viceversa, la corrupción en todos los niveles, la falta de educación y formación de cultura urbana y la  falta de oportunidades, ha generado un país con ventanas rotas, con muchas ventanas rotas y nadie parece estar dispuesto a repararlas.

  La solución a este problema yo no la tengo estimado lector pero he  comenzado a reparar las ventanas de mi casa, estoy tratando de mejorar  los hábitos alimenticios de mi familia, le he pedido a todos los  miembros de la familia que evitemos decir malas palabras delante de  nuestros hijos, también hemos acordado no mentir, ni siquiera mentiras  pequeñas, porque no hay mentiras pequeñas, ni grandes, una mentira es  una mentira y punto, hemos acordado aceptar las consecuencias de  nuestros actos con valor y responsabilidad, pero sobre todo dar una  buena dosis de educación a nuestros hijos, con esto y con la ayuda de  Dios espero comenzar a cambiar en algo lo que antes hubiera hecho mal,  he soñado que los míos algún día repitan esto el día de mañana, con la  finalidad de que los hijos de mis hijos, o los nietos de mis hijos vean  algún día, un nuevo País...

domingo, 14 de agosto de 2011

ACUERDO por el que se da a conocer la Estrategia Nacional de Seguridad Vial 2011-2020.

DOF: 06/06/2011


Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- Secretaría de Salud.

DIONISIO ARTURO PEREZ-JACOME FRISCIONE y JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, Secretario de Comunicaciones y Transportes y Secretario de Salud, con fundamento en lo establecido en los artículos 36 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 163 y 164 de la Ley General de Salud; 5, fracciones I y IV, 25, 35, 37, 60, 70 y 70 Bis, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y 7, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y

CONSIDERANDO

Que en el año 2010, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas proclamó el periodo 2011-2020 Decenio de Acción para la Seguridad Vial, con el objeto de estabilizar y reducir las cifras previstas de víctimas mortales en accidentes de tránsito en todo el mundo.

Que tanto la Secretaría de Comunicaciones y Transportes como la Secretaría de Salud han elaborado programas o políticas en materia de Seguridad Vial y prevención de accidentes, con la finalidad de promover acciones concretas para disminuir el índice de mortalidad y lesiones, los cuales establecen estrategias que deben ser implementadas para cumplir con los objetivos propuestos.

Que las estrategias proponen la realización de actividades en los tres órdenes de gobierno, tanto en la red carretera federal y vialidades urbanas, como en los establecimientos médicos para la atención de emergencias derivadas de accidentes de tránsito, y están divididas en cinco categorías temáticas: mejor gestión de la seguridad vial mediante una serie de acciones multisectoriales en los diferentes órdenes de gobierno; evaluación y mejoramiento de la infraestructura vial y de transportes más segura; vehículos más seguros; cambio de comportamiento de los usuarios de las vías de tránsito; y promover la mejora de los servicios de atención médica pre-hospitalaria e intra-hospitalaria, derivados de accidentes de tránsito.

Que conforme a lo anterior, se requiere de una Estrategia Nacional de Seguridad Vial que permita llevar a cabo actividades coordinadas y multisectoriales para promover la seguridad vial y la prevención de accidentes desde el más alto nivel, mejorar la conciencia y conocimiento de los factores de riesgo y las medidas preventivas, reforzar los sistemas de gestión de la seguridad vial y aplicación de prácticas adecuadas en materia de seguridad vial y atención pre-hospitalaria en emergencias derivadas de accidentes de tránsito, así como mejorar la calidad de los datos sobre seguridad vial, a fin de obtener como resultado, una mejor calidad de vida para todos los mexicanos, por lo que hemos tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

UNICO.- Se da a conocer la Estrategia Nacional de Seguridad Vial 2011-2020, con el propósito de contribuir a reducir las lesiones, discapacidades y muertes por accidentes de tránsito en la red carretera federal y vialidades urbanas, así como promover el fortalecimiento y mejora de los servicios de atención médica pre-hospitalaria e intra-hospitalaria por accidentes de tránsito, mediante las acciones a que se refiere el Anexo Unico del presente Acuerdo y que forma parte integral del mismo.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, Distrito Federal, a doce de mayo de dos mil once.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Dionisio Arturo Pérez-Jácome Friscione.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, José Angel Córdova Villalobos.- Rúbrica.

ANEXO UNICO

ESTRATEGIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL 2011-2020

La presente Estrategia tiene como objetivo general reducir un 50% las muertes, así como reducir al máximo posible las lesiones y discapacidades por accidentes de tránsito en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, promoviendo la participación de las autoridades de los tres niveles de gobierno, atendiendo a su ámbito de competencia y facultades, en la implementación de las siguientes acciones:

PRIMERA.- Coadyuvar en el fortalecimiento de la capacidad de gestión de la seguridad vial, a través de las siguientes actividades:

1. Promover la participación que corresponda a los tres niveles de gobierno entre sí, para implementar coordinadamente políticas o programas de seguridad vial, e involucrar a la sociedad civil, empresas y usuarios de las vías, en el desarrollo de estrategias nacionales, estatales y locales de seguridad vial que contengan metas e indicadores.

2. Promover la elaboración de un marco jurídico que permita sentar las bases para el establecimiento de las acciones y programas en materia de seguridad vial, así como los protocolos de coordinación para impulsar e instrumentar las políticas nacionales.

3. Promover la implementación de la Estrategia Nacional de Seguridad Vial con la participación de autoridades de los tres niveles de gobierno, donde se especifiquen las responsabilidades de cada uno de los actores así como la rendición de cuentas de cada uno de ellos, respecto a su ejecución.

4. Mejorar la calidad de los datos recolectados de la seguridad vial, a través de la operación del Observatorio Nacional de Seguridad Vial y de Observatorios Estatales y Municipales de Seguridad Vial.

5. Fortalecer la capacidad gerencial de los tomadores de decisiones que lideran las iniciativas de seguridad vial en todos los niveles de actuación.

6. Fortalecer la capacitación e investigación en seguridad vial.

SEGUNDA.- Participar en la revisión de la modernización de la infraestructura vial y de transporte más segura, a fin de impulsar:

1. La creación y/o mejora de la normatividad relacionada con el establecimiento de los criterios de seguridad vial en la infraestructura para las etapas de planeación, diseño y construcción de nuevos proyectos y vías en funcionamiento tanto en carreteras como en vialidades urbanas.

2. La mejora de la seguridad de la infraestructura vial urbana e interurbana.

3. La aplicación de tecnología para la mejora de la gestión del tránsito en vías urbanas e interurbanas.

4. El desarrollo de una movilidad segura y equitativa para los usuarios vulnerables.

TERCERA.- Fomentar el uso de vehículos más seguros, para lo cual se plantean las siguientes acciones:

1. Incorporar las normas mínimas de seguridad de los vehículos de motor desarrolladas en el Foro Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Armonización de Reglamentos sobre Vehículos (WP 29) de forma que éstos logren al menos ajustarse a las normas internacionales mínimas.

2. Promover la elaboración y adecuación de marcos normativos que aseguren que los vehículos que circulan y se comercialicen en el país (construcción, ensamblaje e importación) cuenten con los elementos mínimos de seguridad.

3. Mejorar los esquemas operativos para la renovación del parque vehicular del servicio público federal de carga y pasaje.

4. Dar a conocer al consumidor la información de la seguridad de los vehículos motorizados que se comercializan.

5. Promover la adopción de tecnologías más avanzadas que aumenten la seguridad de los conductores y ocupantes de los vehículos.

6. Desarrollar normativa basada en experiencia internacional que establezca los estándares mínimos de seguridad de los cascos para usuarios de motocicletas y bicicletas, así como de los sistemas de retención.

7. Desarrollar y fortalecer marcos normativos que permitan la creación, funcionamiento y sostenibilidad de centros de inspección técnica vehicular.

8. Promover medidas a nivel nacional y estatal para la inspección técnica vehicular que asegure que los vehículos en circulación cumplan con las características mínimas de seguridad.

9. Promover la capacitación a los responsables de la vigilancia y control para la identificación y evaluación de los vehículos en circulación.

CUARTA.- Mejorar el comportamiento de los usuarios de las vialidades incidiendo en los factores de riesgo que propician la ocurrencia de accidentes de tránsito, para lo cual se plantean las siguientes acciones:

1. Asegurar que la normatividad para la regulación de la movilidad y el tránsito considere la aplicación de medidas y programas para el control de los factores de riesgo.

2. Realizar campañas de comunicación que permitan sensibilizar e informar a la población sobre cada factor de riesgo contextualizadas a los diferentes grupos poblacionales y a las prioridades locales.

3. Promover el fortalecimiento de la imagen policial de tránsito mediante la capacitación y programas de mejora continua además de su incorporación a las campañas informativas.

4. Promover el fortalecimiento de los programas de formación profesional técnica y gerencial de los cuerpos de policía.

5. Promover que las corporaciones policiales de tránsito cuenten con el equipo óptimo para la realización de sus funciones.

6. Crear y fortalecer redes nacionales y locales de directores y responsables del tránsito.

7. Asegurar el efectivo cumplimiento de la legislación por parte de los usuarios de las vías mediante la aplicación de intervenciones y controles basados en evidencia científica sobre cada uno de los principales factores de riesgo (no uso de cinturón de seguridad en todos los ocupantes, no uso de sistemas de retención infantil, conducción bajo la influencia de alcohol, no uso de casco de seguridad en motocicletas y bicicletas, conducción a velocidades inadecuadas y uso de distractores al conducir).

8. Implementar sistemas sancionadores efectivos, ágiles y transparentes.

9. Promover la integración de una base de datos nacional que consolide vehículos, licencias de conducir e infracciones que permitan a las autoridades competentes, llevar a cabo el control, seguimiento y sanción bajo el sistema de puntaje.

10. Desarrollar acciones de control, sanción, atención específica y rehabilitación para infractores reincidentes.

11. Fortalecer el marco normativo que permita contar con un sistema efectivo de expedición de licencias (formación y evaluación, protocolos de pruebas teórico prácticas, reglamentación para la certificación de escuelas privadas y públicas de conducir, instructores y evaluadores, conductores jóvenes y nóveles).

12. Promover la homogeneización de los tipos de licencias y los requisitos para la obtención de las mismas a nivel nacional.

13. Adecuar la normatividad para la expedición de licencias mediante la realización de pruebas psicofísicas, teóricas y prácticas específicas en establecimientos certificados.

14. Desarrollar manuales, guías y protocolos de las pruebas de evaluación teórico práctica.

15. Promover la incorporación de contenidos relacionados con la seguridad vial en los planes de estudios en los niveles de educación preescolar, básica y media superior.

16. Promover la instrumentación de programas dentro de las empresas con el objeto de fomentar la movilidad segura antes, durante y después de las jornadas de trabajo, tales como la capacitación a conductores, peatones, ciclistas y motociclistas y planes de mantenimiento preventivo de la flota vehicular.

17. Promover el fortalecimiento de la regulación y vigilancia de las jornadas de conducción y descanso de los conductores del transporte público de carga y pasajeros.

18. Certificar el estado de salud de los conductores en operación del transporte público y de carga y
pasajeros urbano e interurbano.

19. Promover el uso de transportes alternos o no motorizados.

20. Aumentar el conocimiento sobre los factores de riesgo y la prevención de la seguridad vial a través de:

El establecimiento de días o semanas nacionales de la seguridad vial.

La integración de las entidades federativas de la región en la celebración del Día Mundial en Recuerdo de las víctimas de accidentes de tránsito.

El apoyo a las iniciativas de las organizaciones no gubernamentales en consonancia con las metas y objetivos de la década.

El desarrollo de encuentros nacionales de buenas prácticas en seguridad vial.

QUINTA.- Fortalecer la atención del trauma y de los padecimientos agudos mediante la mejora de los servicios de atención médica pre-hospitalaria y hospitalaria a través de:

1. La revisión y en su caso adecuación del marco normativo, en materia de atención pre-hospitalaria.

2. La elaboración e implementación de guías de práctica clínica y protocolos de manejo que permitan mejorar la calidad de la atención médica pre-hospitalaria y hospitalaria.

3. El desarrollo, promoción e implantación de programas de capacitación para el personal de salud, responsable de la atención médica pre-hospitalaria y hospitalaria.

4. Analizar, proponer y en su caso implantar esquemas innovadores que permitan apoyar el financiamiento de la atención, rehabilitación e integración de las víctimas derivadas de accidentes de tránsito.

5. Fortalecer las acciones del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, promoviendo la participación de autoridades de los tres niveles de gobierno, así como de la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales y usuarios de la red carretera federal y vialidades urbanas

sábado, 30 de julio de 2011

III Reunión de Directores de Tránsito

Celaya, Gto. 29 de Julio, 2011.- Reunidos por tercera vez, en la ciudad de Celaya, los miembros de la Red Estatal de Directores de Tránsito, enfocaron sus actividades para dar seguimiento a los compromisos de reuniones anteriores, para conocer las nuevas estrategias que con motivo del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2010 se nos presentán.

Por ahora publicamos las fotos de las actividades y durante la semana se incluirán las presentaciones, así como los documentos que nos sirvan para cumplir la meta establecida.

Muchas gracias a nuestro buen amigo el Director de Tránsito y Transporte de Celaya, el Lic. José Trinidad Martínez Soto, al Secretario del H. Ayuntamiento, Arq. Juan Maldonado Patlán, al nuestro Presidente de la Red el Ing. Martín de Jesús Moreno y a todo el equipo, que con su hospitalidad hicieron posible esta exitosa reunión.











jueves, 28 de julio de 2011

Estrategia Nacional de Seguridad Vial

DOF: 06/06/2011
ACUERDO por el que se da a conocer la Estrategia Nacional de Seguridad Vial 2011-2020.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- Secretaría de Salud.

DIONISIO ARTURO PEREZ-JACOME FRISCIONE y JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, Secretario de Comunicaciones y Transportes y Secretario de Salud, con fundamento en lo establecido en los artículos 36 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 163 y 164 de la Ley General de Salud; 5, fracciones I y IV, 25, 35, 37, 60, 70 y 70 Bis, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y 7, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y

CONSIDERANDO

Que en el año 2010, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas proclamó el periodo 2011-2020 Decenio de Acción para la Seguridad Vial, con el objeto de estabilizar y reducir las cifras previstas de víctimas mortales en accidentes de tránsito en todo el mundo.

Que tanto la Secretaría de Comunicaciones y Transportes como la Secretaría de Salud han elaborado programas o políticas en materia de Seguridad Vial y prevención de accidentes, con la finalidad de promover acciones concretas para disminuir el índice de mortalidad y lesiones, los cuales establecen estrategias que deben ser implementadas para cumplir con los objetivos propuestos.

Que las estrategias proponen la realización de actividades en los tres órdenes de gobierno, tanto en la red carretera federal y vialidades urbanas, como en los establecimientos médicos para la atención de emergencias derivadas de accidentes de tránsito, y están divididas en cinco categorías temáticas: mejorgestión de la seguridad vial mediante una serie de acciones multisectoriales en los diferentes órdenes de gobierno; evaluación y mejoramiento de la infraestructura vial y de transportes más segura; vehículos más seguros; cambio de comportamiento de los usuarios de las vías de tránsito; y promover la mejora de los servicios de atención médica pre-hospitalaria e intra-hospitalaria, derivados de accidentes de tránsito.

Que conforme a lo anterior, se requiere de una Estrategia Nacional de Seguridad Vial que permita llevar a cabo actividades coordinadas y multisectoriales para promover la seguridad vial y la prevención de accidentes desde el más alto nivel, mejorar la conciencia y conocimiento de los factores de riesgo y las medidas preventivas, reforzar los sistemas de gestión de la seguridad vial y aplicación de prácticas adecuadas en materia de seguridad vial y atención pre-hospitalaria en emergencias derivadas de accidentes de tránsito, así como mejorar la calidad de los datos sobre seguridad vial, a fin de obtener como resultado, una mejor calidad de vida para todos los mexicanos, por lo que hemos tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

UNICO.- Se da a conocer la Estrategia Nacional de Seguridad Vial 2011-2020, con el propósito de contribuir a reducir las lesiones, discapacidades y muertes por accidentes de tránsito en la red carretera federal y vialidades urbanas, así como promover el fortalecimiento y mejora de los servicios de atenciónmédica pre-hospitalaria e intra-hospitalaria por accidentes de tránsito, mediante las acciones a que se refiere el Anexo Unico del presente Acuerdo y que forma parte integral del mismo.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, Distrito Federal, a doce de mayo de dos mil once.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Dionisio Arturo Pérez-Jácome Friscione.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, José Angel Córdova Villalobos.- Rúbrica.

ANEXO UNICO

ESTRATEGIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL 2011-2020

La presente Estrategia tiene como objetivo general reducir un 50% las muertes, así como reducir al máximo posible las lesiones y discapacidades por accidentes de tránsito en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, promoviendo la participación de las autoridades de los tres niveles de gobierno, atendiendo a su ámbito de competencia y facultades, en la implementación de las siguientes acciones:

PRIMERA.- Coadyuvar en el fortalecimiento de la capacidad de gestión de la seguridad vial, a través de las siguientes actividades:

1. Promover la participación que corresponda a los tres niveles de gobierno entre sí, para implementar coordinadamente políticas o programas de seguridad vial, e involucrar a la sociedad civil, empresas y usuarios de las vías, en el desarrollo de estrategias nacionales, estatales y locales de seguridad vial que contengan metas e indicadores.

2. Promover la elaboración de un marco jurídico que permita sentar las bases para el establecimiento de las acciones y programas en materia de seguridad vial, así como los protocolos de coordinación para impulsar e instrumentar las políticas nacionales.

3. Promover la implementación de la Estrategia Nacional de Seguridad Vial con la participación de autoridades de los tres niveles de gobierno, donde se especifiquen las responsabilidades de cada uno de los actores así como la rendición de cuentas de cada uno de ellos, respecto a su ejecución.

4. Mejorar la calidad de los datos recolectados de la seguridad vial, a través de la operación del Observatorio Nacional de Seguridad Vial y de Observatorios Estatales y Municipales de Seguridad Vial.

5. Fortalecer la capacidad gerencial de los tomadores de decisiones que lideran las iniciativas de seguridad vial en todos los niveles de actuación.

6. Fortalecer la capacitación e investigación en seguridad vial.
SEGUNDA.- Participar en la revisión de la modernización de la infraestructura vial y de transporte más segura, a fin de impulsar:

1. La creación y/o mejora de la normatividad relacionada con el establecimiento de los criterios de seguridad vial en la infraestructura para las etapas de planeación, diseño y construcción de nuevos proyectos y vías en funcionamiento tanto en carreteras como en vialidades urbanas.

2. La mejora de la seguridad de la infraestructura vial urbana e interurbana.

3. La aplicación de tecnología para la mejora de la gestión del tránsito en vías urbanas e interurbanas.

4. El desarrollo de una movilidad segura y equitativa para los usuarios vulnerables.

TERCERA.- Fomentar el uso de vehículos más seguros, para lo cual se plantean las siguientes acciones:

1. Incorporar las normas mínimas de seguridad de los vehículos de motor desarrolladas en el Foro Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Armonización de Reglamentos sobre Vehículos (WP 29) de forma que éstos logren al menos ajustarse a las normas internacionales mínimas.

2. Promover la elaboración y adecuación de marcos normativos que aseguren que los vehículos que circulan y se comercialicen en el país (construcción, ensamblaje e importación) cuenten con los elementos mínimos de seguridad.

3. Mejorar los esquemas operativos para la renovación del parque vehicular del servicio público federal de carga y pasaje.

4. Dar a conocer al consumidor la información de la seguridad de los vehículos motorizados que se comercializan.

5. Promover la adopción de tecnologías más avanzadas que aumenten la seguridad de los conductores y ocupantes de los vehículos.

6. Desarrollar normativa basada en experiencia internacional que establezca los estándares mínimos de seguridad de los cascos para usuarios de motocicletas y bicicletas, así como de los sistemas de retención.

7. Desarrollar y fortalecer marcos normativos que permitan la creación, funcionamiento y sostenibilidad de centros de inspección técnica vehicular.

8. Promover medidas a nivel nacional y estatal para la inspección técnica vehicular que asegure que los vehículos en circulación cumplan con las características mínimas de seguridad.

9. Promover la capacitación a los responsables de la vigilancia y control para la identificación y evaluación de los vehículos en circulación.

CUARTA.- Mejorar el comportamiento de los usuarios de las vialidades incidiendo en los factores de riesgo que propician la ocurrencia de accidentes de tránsito, para lo cual se plantean las siguientes acciones:

1. Asegurar que la normatividad para la regulación de la movilidad y el tránsito considere la aplicación de medidas y programas para el control de los factores de riesgo.

2. Realizar campañas de comunicación que permitan sensibilizar e informar a la población sobre cada factor de riesgo contextualizadas a los diferentes grupos poblacionales y a las prioridades locales.

3. Promover el fortalecimiento de la imagen policial de tránsito mediante la capacitación y programas de mejora continua además de su incorporación a las campañas informativas.

4. Promover el fortalecimiento de los programas de formación profesional técnica y gerencial de los cuerpos de policía.

5. Promover que las corporaciones policiales de tránsito cuenten con el equipo óptimo para la realización de sus funciones.

6. Crear y fortalecer redes nacionales y locales de directores y responsables del tránsito.

7. Asegurar el efectivo cumplimiento de la legislación por parte de los usuarios de las vías mediante la aplicación de intervenciones y controles basados en evidencia científica sobre cada uno de los principales factores de riesgo (no uso de cinturón de seguridad en todos los ocupantes, no uso desistemas de retención infantil, conducción bajo la influencia de alcohol, no uso de casco de seguridad en motocicletas y bicicletas, conducción a velocidades inadecuadas y uso de distractores al conducir).

8. Implementar sistemas sancionadores efectivos, ágiles y transparentes.

9. Promover la integración de una base de datos nacional que consolide vehículos, licencias de conducir e infracciones que permitan a las autoridades competentes, llevar a cabo el control, seguimiento y sanción bajo el sistema de puntaje.

10. Desarrollar acciones de control, sanción, atención específica y rehabilitación para infractores reincidentes.

11. Fortalecer el marco normativo que permita contar con un sistema efectivo de expedición de licencias (formación y evaluación, protocolos de pruebas teórico prácticas, reglamentación para la certificación de escuelas privadas y públicas de conducir, instructores y evaluadores, conductores jóvenes ynóveles).

12. Promover la homogeneización de los tipos de licencias y los requisitos para la obtención de las mismas a nivel nacional.

13. Adecuar la normatividad para la expedición de licencias mediante la realización de pruebas psicofísicas, teóricas y prácticas específicas en establecimientos certificados.

14. Desarrollar manuales, guías y protocolos de las pruebas de evaluación teórico práctica.

15. Promover la incorporación de contenidos relacionados con la seguridad vial en los planes de estudios en los niveles de educación preescolar, básica y media superior.

16. Promover la instrumentación de programas dentro de las empresas con el objeto de fomentar la movilidad segura antes, durante y después de las jornadas de trabajo, tales como la capacitación a conductores, peatones, ciclistas y motociclistas y planes de mantenimiento preventivo de la flotavehicular.

17. Promover el fortalecimiento de la regulación y vigilancia de las jornadas de conducción y descanso de los conductores del transporte público de carga y pasajeros.

18. Certificar el estado de salud de los conductores en operación del transporte público y de carga y pasajeros urbano e interurbano.

19. Promover el uso de transportes alternos o no motorizados.

20. Aumentar el conocimiento sobre los factores de riesgo y la prevención de la seguridad vial a través de:
El establecimiento de días o semanas nacionales de la seguridad vial.
La integración de las entidades federativas de la región en la celebración del Día Mundial en Recuerdo de las víctimas de accidentes de tránsito.
El apoyo a las iniciativas de las organizaciones no gubernamentales en consonancia con las metas y objetivos de la década.
El desarrollo de encuentros nacionales de buenas prácticas en seguridad vial.

QUINTA.- Fortalecer la atención del trauma y de los padecimientos agudos mediante la mejora de los servicios de atención médica pre-hospitalaria y hospitalaria a través de:

1. La revisión y en su caso adecuación del marco normativo, en materia de
atención pre-hospitalaria.

2. La elaboración e implementación de guías de práctica clínica y protocolos de manejo que permitan mejorar la calidad de la atención médica pre-hospitalaria y hospitalaria.

3. El desarrollo, promoción e implantación de programas de capacitación para el personal de salud, responsable de la atención médica pre-hospitalaria y hospitalaria.

4. Analizar, proponer y en su caso implantar esquemas innovadores que permitan apoyar el financiamiento de la atención, rehabilitación e integración de las víctimas derivadas de accidentes de tránsito.

5. Fortalecer las acciones del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, promoviendo la participación de autoridades de los tres niveles de gobierno, así como de la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales y usuarios de la red carretera federal y vialidades urbanas.
_____________________________

martes, 17 de mayo de 2011

Atento Aviso

Cmtes. Directores de Tránsito Municipal

En seguimiento a las reuniones de la Red Estatal de Directores de Tránsito (REDT), les comento que la reunión programada para este viernes 20 de Mayo, sera pospuesta.

Lo anterior para dar oportunidad a que ustedes se reunan con los coordinadores regionales y puedan abordar los temas que les interesan, mismo que una vez concensados en su región, podrán ser propuestos a través de su coordinador para la reunión general.

Sin mas por el momento me despido de ustedes, quedando pendiente la fecha y lugar para la próxima reunión


--
Atte:
Rafael Mondragón Limón
Director Operativo de la DGTyT
Tel. 01 800 6230237 ext. 1604
http://transito.guanajuato.gob.mx

sábado, 14 de mayo de 2011

ENTREVISTA AL SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, MAURICIO HERNÁNDEZ ÁVILA

13 de Mayo de 2011

ENTREVISTA AL SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, MAURICIO HERNÁNDEZ ÁVILA, AL TÉRMINO DE LA CLAUSURA DEL SEGUNDO ENCUENTRO IBEROAMERICANO Y EL CARIBE SOBRE SEGURIDAD VIAL

P.- ¿En qué consiste la declaratoria, cuáles fueron los compromisos a los que se unieron los países?

R.- La declaratoria es un instrumento político para sumarnos al llamado que hace naciones unidas para hacer más seguro al transporte vial y tiene como meta reducir en un 50% el número de accidentes.

P.- ¿En qué consistirían?

R.- Hay lineamientos muy establecidos, están los clásicos que hemos venido trabajando que son cinturón de seguridad, sillas porta infantes, disminuir el uso del alcohol cuando se conduce, mejorar los servicios de carretera. Luego hay otras de políticas públicas para que los gobiernos vayan avanzando como es el sistema de licencias, hacerlo con examen médico, tener mayor control sobre quien recibe el privilegio de poder conducir y a quien se le puede retirar el privilegio de conducir.

P.- ¿Ya se va hacer un programa nacional?

R.- Bueno, ya hay un sistema de licencias que tiene que ver con el auto-trasporte de carga y de pasajeros que coordina y lleva a cabo la Secretaria de Comunicaciones y Trasportes, hemos trabajado con ellos para descentralizar lo que es la parte de la certificación médica, asimismo estamos trabajando con ellos un proyecto nacional de licencias, es muy difícil, porque requiere cambios en las legislaturas locales y en lafederal, entonces posiblemente lo que nosotros dejemos sea un plan para poderlo hacer, ahora a nosotros nos toca iniciar en 2011, el decenio, pero esto llega hasta el 2020.

P.- ¿Esta legislación será para que se lo pidan de manera homogénea?

R.- Es algo que no está dentro de la atención de la Secretaría de Salud, entonces, no podría yo garantizar, a nosotros desde salud nos parece muy deseable que hubiera un sistema nacional de licencias, que se compartieran las bases de datos, que supiéramos que una persona que manejo bajo los efectos del alcohol en un estado y cuando va a otros estado también lo podamos detectar, ese sistema no lo tenemos porque son sistemas fragmentados.

P.- Inaudible

R.- Si hay una iniciativa que está llevando a cabo.

P.- ¿Nada más para precisar sería para los conductores de transporte de carga?

R.- Lo que ya tenemos en marcha y lo que coordina la Secretaría de Comunicaciones y Transportes es la licencia para transportes de carga y pasajeros, a lo que yo me estoy refirieron es a las licencias tipo A, de automovilistas.

P.- ¿Es un proyecto?

R.- Es un proyecto, es una idea que hemos ya platicado con la Secretaría de Comunicaciones y Trasportes, pero que requiere de un trabajo colectivo muy importante.

P.- ¿En qué medida impactaría este sistema en la reducción de la meta propuesta de de reducción del 50%?

R.- No hay una medida que sea única, no hay varas mágicas, entonces estamos haciendo muchas cosas, impulsando por ejemplo el programa de alcoholimetría, estamos impulsando leyes importantes para castigar, penalizar a los conductores que manejan en estado de ebriedad, por ejemplo la Ley Salva Vidas del estos de Jalisco ha dado resultados muy importantes, entonces este sistema de licencias tiene implicaciones muy buenas para seguridad, tiene implicaciones muy buenas para disminuir la siniestralidad, pero va acompañada de una política total de prevención.

P.- ¿El alcohol es la principal causa de accidentes?

R.- Los datos que tenemos es el uso inadecuado del alcohol, ese es el problema más importante que tenemos de ahí que nos hayamos enfocado mucho de impulsar el programa de alcoholimetría.

Ya decía en la reunión del miércoles que impulsamos las buenas prácticas, aprendimos mucho del Programa de Alcoholimetría del Distrito Federal y ya está en más de 120 ciudades operando.

P.- ¿Qué acciones se tomaron o se prevén tomar con respecto a los motociclistas?

R.- Ahí lo que estamos trabajando es afinar las normas para que tengan que ir equipados con su equipo de protección y esta reunión también sirven para alertarlos, si ustedes ven la proporción de motociclistas que van a exceso de velocidad sin un elemento protector es muy grande.

P.-¿Pero tiene alguna cifra?

R.- Las cifras les pediría que se las pidan al doctor Cervantes, él las tiene más frescas que yo.

P.- ¿Muertes por calor, cuántas tienen registradas?

R.- Muertes por calor este año no habíamos tenido, se habían mencionado ocho, pero creo que vamos por dos.

P.- ¿Entonces tiene dos ahorita, y esta semana, ya es oficial?

R.- Quien reporta y las da a conocer es Protección Civil, no tengo todavía el informe, sé que hay dos pendientes de dictaminación.

P.- ¿Y qué medidas, qué se va a hacer?

R.- Estamos con las campañas informando a la gente de evitar los golpes de calor, de evitar el trabajo excesivo en las horas pico y se está haciendo trabajo con los estados que tienen la mayor susceptibilidad que sol los estados del norte del país.

P.- Si se confirman estas muertes ¿en donde fueron?

R.- En Sonora.

P.- El principal compromiso que surge de esta Semana de Seguridad Vial.

R.- Es un compromiso global de generar una política pública de aquí a 10 años, a nosotros aquí en 2011 nos toca sentar las basesencaminar para el 2012 en los ejes que se han establecido que es mejorar la seguridad vial en términos de protección, en términos de eliminar el uso nocivo de alcohol, promover los sistemas de licencia, mejorar la infraestructura carretera.

P.- Los avancesprincipales que ha tenido el país en este desafío.

R.- Desde que el Secretario Córdova inició en esta administración se ha hecho un reforzamiento importantísimo de lo que es la seguridad vial, sobre todo hemos reforzado la parte de prevención de accidentes, hemos estado trabajando con la Iniciativa de Seguridad Vial mexicana que tiene los componentes de mejorar lo que es el uso de cinturón de seguridad y mejorar también el uso de sillas porta bebé y el uso de cascos en conductores de motocicleta y por otro lado, evitar el uso nocivo de alcohol.

Los datos que se presentaron de disminución de muertes se asocian a la implementación de esta iniciativa, posiblemente la que más beneficios haya dado es el Programa de Alcoholimetría que ya está implementado en los 32 estados de la República.

P.- ¿Y es factible lograr esta meta de reducir al 50% en 10 años las muertes por esta causa?

R.- Yo optimistamente creo que sí es factible, el Acuerdo que se firmó ayer entre las dos Secretarías de Comunicaciones y Transportes y Salud abre las bases para hacer esta colaboración una realidad y que tengamos realmente una mejor cultura de seguridad vial.

P.- ¿Cuántos accidentes hay en el transporte de pasajeros?

R.- Se calcula que las muertes van de 24 mil a 34 mil, si multiplicamos eso por cinco más o menos te da el número de accidentes que se registran.

El licenciado Goñi nos hablaba, depende la fuente, de un millón 300 mil servicios que da la Cruz Roja al año únicamente de accidentes.

P.- ¿Pero en el transporte de pasajeros?

R.- Esa cifra no la manejamos nosotros, la maneja la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, no se las podría dar con exactitud.

Firma Iberoamérica declaración para evitar muertes por accidentes viales

COMUNICADO DE PRENSA CONJUNTO

13/Mayo/2011

Firma Iberoamérica declaración para evitar muertes por accidentes viales

Los países firmantes coincidieron en que la seguridad vial es una obligación ética y política para los responsables de las políticas públicas

Concluyeron los trabajos del II Encuentro Iberoamericano y Del Caribe sobre Seguridad Vial

Representantes de 18 países iberoamericanos se comprometieron a poner en práctica de manera continua estrategias para que en 10 años se evite la mitad de los fallecimientos que ocurren debido a los accidentes viales, luego de firmar la Declaración de México para la Seguridad Vial: la ruta para salvar vidas en Iberoamérica y El Caribe.

Con la firma de la Declaración concluyeron los trabajos del II Encuentro Iberoamericano y Del Caribe sobre Seguridad Vial en el que durante dos días, alrededor de mil asistentes de 29 países analizaron y compartieron las mejores prácticas para reducir los percances viales a los que consideran una epidemia silenciosa.

Los países firmantes, entre ellos México, Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, España, Ecuador y El Salvador, coincidieron en que la seguridad vial es una cuestión social de primer orden y una obligación ética y política para los responsables de las políticas públicas.

Al clausurar el Encuentro en la sede de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Mauricio Hernández Ávila, señaló que México ha asumido una firme responsabilidad para enfrentar este problema, debido a que es la sexta causa de muerte en la población general y la primera en jóvenes, con el agravante de la discapacidad y los daños materiales.

Para atender este problema, se destinaron recursos para definir un programa de acción específico, el primero en su tipo en la historia del país, encaminado a sentar las bases de una cultura de seguridad vial.

En su oportunidad, el director general de Organismos y Mecanismos Regionales Americanos de la Subsecretaría para América Latina y El Caribe de la SRE, José Antonio Zabalgoitia Trejo, señaló que la Declaración parte del trabajo previo que se realizó en la pasada reunión en Madrid y establece líneas puntuales en cinco ejes: la gestión de la seguridad vial, educación del usuario, mejoramiento de infraestructura, seguridad de vehículos y atención prehospitalaria, para llegar a la meta de Acción establecida por la Organización de las Naciones Unidas.

Reconoció también el trabajo conjunto de las Secretarías de Salud, Comunicaciones y Transportes y la Cancillería mexicana para dar un impulso a este tema fundamental.

Al respecto, el director general de la Cruz Roja Mexicana, Daniel Goñi, afirmó que la dependencia a su cargo se suma al compromiso por la Seguridad Vial, al ser una pieza importante para alcanzar los objetivos.

Este organismo de la sociedad civil organizada atiende a un millón 200 mil servicios de ambulancias al año, cuenta con 518 oficinas y en 70% de los casos de accidentes es la única institución que presta el servicio gratuito.

Hizo hincapié en la importancia de la educación de la sociedad, ya que en época de vacaciones hay un mayor número de niños accidentados, tanto en vía pública con en el hogar debido a quemaduras, cortaduras y fracturas por descuido de los padres de familia, de ahí que “mientras la sociedad no participe de manera activa no podremos avanzar”.

Cabe mencionar que el Encuentro y la firma de la Declaración se realizaron en el marco de la Semana de la Seguridad Vial, organizada por las secretarías de Salud, de Comunicaciones y Transportes y de Relaciones Exteriores de México, y en la que también se dio el Lanzamiento del Decenio de la Acción 2011-2020 para evitar la mitad de muertes por accidentes viales.

Los monumentos del mundo se iluminan contra los accidentes de tránsito


La iniciativa forma parte de una campaña de seguridad vial de Naciones Unidas que busca evitar, en la próxima década, 5 millones de muertes vinculadas a colisiones. En la región, serán "coloreados" de amarillo el Obelisco argentino y el Cristo Redentor brasileño

En el marco del Decenio de Acción para la Seguridad Vial, impulsado por el organismo internacional, monumentos y lugares destacados de diversos países serán iluminados de amarillo. Entre ellos, el Times Square en Nueva York, el Obelisco en Buenos Aires, el Cristo Redentor en Río de Janeiro, Trafalgar Square en Londres, y el Jet d'eau en Ginebra.

Los Gobiernos de todo el mundo se comprometieron a adoptar nuevas medidas para salvar vidas en sus calles y rutas. Ratificarán esa decisión el 12 de mayo en el Segundo Congreso Iberoamericano y del Caribe sobre Seguridad Vial que se desarrollará en México.

Se espera que el foro concluya con un compromiso para reducir un 50% las muertes y lesiones causadas por accidentes de tránsito en las Américas a través de la implementación de un plan regional de acción.

En todo el planeta, la principal causa de fallecimiento de los jóvenes entre 15 y 29 años son los traumatismos causados por las colisiones. Cada año, alrededor de 1,3 millones de personas mueren en las carreteras.

En la región, las lesiones de ese tipo representan la primera causa de muerte de niños de entre 5 y 14 años y la segunda para las personas de entre 15 y 44 años. En muchos países, particularmente los de menores ingresos, la mayoría de las muertes ocurren entre peatones, ciclistas y motociclistas.

Luis Roberto Escoto, consultor en Salud Familiar y Comunitaria de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), afirmó que "los temas de tránsito son un problema de salud pública". Agregó que los siniestros son un problema social y económico: "Muchas familias cayeron en la pobreza tras un accidente por los gastos en salud que acarrean los tratamientos y medicamentos, y por las pérdidas de empleo que genera contraer una discapacidad".

La ONU advirtió que sólo el 15% de los países tiene una legislación amplia que se ocupa de cinco riesgos fundamentales: el exceso de velocidad, la conducción bajo los efectos del alcohol y la no utilización del casco, el cinturón de seguridad y los sistemas de retención para niños. Entre las medidas que se debatirán dentro del plan mundial se encuentran mejorar los servicios de emergencia y crear capacidad de gestión en seguridad vial.

Más de un millón de muertes por accidentes viales en el mundo

Más de un millón de muertes por accidentes viales en el mundo
Organización Editorial Mexicana
12 de mayo de 2011

Dolores Acosta Gonzaga/
El Sol de México

Ciudad de México.- En el mundo, cada año mueren un millón 300 mil personas a consecuencia de un accidente vial, más de 50 millones quedan lesionados, la mayoría ocurre en países pobres, en contraste, la tasa por criminalidad y violencia es menor que por percances viales, el costo económico se calcula entre 65 y 100 millones de dólares anuales, aseguró Pamela Cox, Vicepresidenta para América Latina y el Caribe, del Banco Mundial.

Al participar en el Segundo Foro sobre Seguridad Vial en Iberoamérica y el Caribe, señaló que la tasa de criminalidad y violencia, es menor que la muerte por accidentes viales, ya que en la región fallecen 20 personas por cada 100 mil habitantes.

Alertó que "está en juego el futuro de las próximas generaciones", porque las calles de América Latina deberían ser más seguras así como sus carreteras.

La funcionaria, puntualizó que la región es de las más urbanizadas del mundo, "pero el 40 por ciento de sus moradores viven en pobreza", lo que representa la tasa más elevada del mundo.

Por lo que dijo, "carecen de servicios básicos limitados y tienen pocas opciones de transporte que mejoren su movilidad y acceso a oportunidades económicas y sociales".

Ante expertos en la materia, indicó que los jóvenes son particularmente propensos a morir o quedar incapacitados a causa de los accidentes viales, para el año 2015, estos sucesos podrían ser la pérdida de años productivos entre los 5 y 14 años de edad".

La funcionaria internacional, alertó "que si no se corrige en una década la tragedia humana será dos tercios más graves de lo que es actualmente".

Expuso que para el año 2030, las muertes y lesiones relacionadas con el tráfico automotor "se convertirá en la cuarta causa de pérdida de años saludables en la población en general y la segunda cauda de muerte entre los hombres".

Pamela Cox, manifestó que en América Latina y el Caribe la tasa de fatalidad vial per cápita es la más elevada del mundo, ya que se registran 26 muertes por cada 100 mil habitantes, lo que da un total de 130 mil fallecimientos y 6 millones de heridos, cada año.

Hizo un llamado a los gobiernos de la región para que mejoren la infraestructura de transporte, ya que no solo facilita el comercio, sino que contribuye a la viabilidad, eficiencia y seguridad.

martes, 26 de abril de 2011

COMPONENTES IMESEVI. AUDITORIAS DE SEGURIDAD VIAL

1.1 Antecedentes
Vamos a remontarnos a 1896, específicamente al 17 de agosto, lugar Londres, Inglaterra , nos vamos a encontrar ni más ni menos que con la primera muerte por accidente de tráfico en el mundo registrada. Bridget Driscoll fue arrollada por un coche frente al Crystal Palace, el coche iba “a gran velocidad” afirmó un testigo posiblemente a 12,8 km/h, cuando no debía ir a más de 6,4 km/h.
El investigador afirmó: “Esto no debe volver a ocurrir nunca más.”
Es precisamente en este país dónde surgió el desarrollo de las auditorías de seguridad vial, Malcolm Bulpitt, del Reino Unido aplica el proceso ferroviario del 1890 en proyectos viales en los años 1980, 10 años después se usan “checklists”, en 1990, se introduce la tecnología en Australia y 2 años despúes en Nueva Zelanda, en 1994, se produce el Manual de Auditorias de Seguridad Vial, por AUSTROADS, en 1996, se introduce la tecnología en USA, en 2008 se introduce como tal en México.

1.2 Objetivo
Identificar todos aquellos factores de riesgo (falta de iluminación, banquetas inadecuadas, carencia o exceso de señalización vertical y horizontal, falta de semáforos, falta de sistemas de contención o barreras, superficie de rodamiento, curvas inadecuadas, etc.) que propician la ocurrencia de accidentes de tránsito en las vías rurales y urbanas.

1.3 Definición
Una auditoría de Seguridad Vial es:
Es un examen formal de un camino futuro, proyecto de tránsito, o de un camino existente, por un equipo capacitado e independiente que informa sobre los factores de riesgo que intervienen en la ocurrencia accidentes .

1.4 Beneficios
Se pretende que mediante la realización de auditorías de seguridad vial y la mejora a las medidas observadas, los caminos en donde se transita ofrezcan a todos los usuarios mayor seguridad lo que se traduce en benficios como:
• Disminución de la siniestralidad y gravedad en los accidentes de tránsito.
• Evitar el mayor número posible de muertes a consecuencia de accidentes ocurridos en los caminos.
• Eficientar el desplazamiento o movilidad de todos los usuarios con más seguridad.
• Reducir en lo mayor posible los riesgos que provocan accidentes de tránsito.
• Crear conciencia en los constructores de carreteras y caminos sobre la importancia de la seguridad vial.
• Entre otros.

1.5 Temática
El tema es variado y se presentan más de 15 temas a lo largo del curso y son los siguientes:
Introducción, objetivos y compromisos; Historia de la seguridad vial, Estadísticas mundiales, nacionales, estatales y municipales y Concepto básicos; Auditoría de Seguridad Vial; Factores Humanos; Diseño Geométrico/Semáforos; Características de Superficies; Señales Verticales; Señales Horizontales; Vehículos y Usuarios; Sistemas de Contención; Auditoría Modelo; Cómo realizar una ASV; Listas de Chequeo; Como Realizar Auditoría; Presentación de Auditorías realizadas.

1.6 Perfil de los participantes
Pueden participar personas de cualquier nivel de gobierno, instituciones académicas, Organizaciones de la Sociedad Civil, no Gubernamentales, organizaciones privadas y público en general. Todos los participantes deben ser tomadores de decisiones y tener conocimiento en materias relacionadas con prevención de accidentes, tránsito y vialidad, infraestructura vial, mantenimiento de vías, seguridad vial urbana, educación vial, y áreas relacionadas.

1.7 Duración del curso
El programa del curso se desarrolla en 4 sesiones de 8 horas cada una en el aula y 1½ sesiones en campo (vialidades propuestas) de 12 horas, el total del curso en horas es de 44 horas de lunes a viernes.

1.8 Modelo
Anexo esquema “Protocolo de actuación” en el cual se detallan los pasos a realizar desde el inicio hasta la conclusión del curso, además de las responsabilidades del Estado, Municipio o COEPRA, participantes y CENAPRA posterior al curso.
La evidencia se demuestra en un el material denominado “Documentación de las Mejores prácticas en Seguridad Vial” mismo que se entrega en el curso.

1.9 Herramientas
Una vez concluida la capacitación, los participantes reciben una serie de materiales tanto impresos como en archivo electrónico que sirven de herramientas para complementan y fortalecer sus trabajos sobre auditorías viales, estos materiales son:
• Libro de “Hacia vías urbanas más seguras, medidas de bajo costo ”
• Presentación de una Auditoría Modelo (para la entrega de informes finales)
• Documentación de las Mejores prácticas en Seguridad Vial .
• Publicaciones en archivo electrónico en español , en inglés
• Otras publicaciones entregadas

1.10 Metas, indicadores y avances
Capacitar por lo menos a 150 personas de diferentes niveles de gobierno, de áreas involucradas dando preferencia a las entidades que no cuentan con auditores viales. Además este año se incluirá el curso de ASV nivel intermedio en el cual se tiene planeado capacitar a 150 auditores que hayan recibido el curso básico.

1.11 Evaluación y monitoreo
De las auditorías realizadas y enviadas a CENAPRA se realizaran las observaciones necesarias y se regresan a las autoridades responsables para su atención. Una vez que se hayan realizado las mejoras correspondientes se promoverán y se incluirán en el documento de mejores prácticas de CENAPRA.

1.12 Cursos programados, requisitos e inscripciones
Se tiene contemplado la realización de los siguientes cursos en diferentes sedes durante este año:

1.13 Becas
Las becas que ofrecemos están dirigidas a interesados y responsables de coordinar y operar las acciones de seguridad vial en los estados y municipios. Dependiendo el esquema del curso y de la organización del evento el cual puede ser pagado por CONAPRA ó COEPRA va a depender el tipo de beca que se ofrece a los participantes.

1.14 Requisitos e inscripciones
Todos los participantes deberán enviar a CONAPRA, curriculum vitae y una carta de intensión en la que especifique por que le interesa tomar el curso.
Las inscripciones deberán realizarse como mínimo 2 semanas antes de la realización del curso para lo cual se requiere enviar al titular de este Consejo Nacional solicitud por escrita.

1.15 Informes
Cualquier informe, pregunta o comentario relacionado a este curso favor de enviarlo al siguiente correo electrónico enlacecenapra@gamil.com

1.16 Anexos
Fuente: OMS.
Road Safety Audit , Austroads , second edition, Australia, 2002.
Hacia Vías Urbanas más Seguras, Medidas correctivas de bajo costo en ciudades chilenas, CONASET, Chile, 2005.
Documentación de las Mejores Prácticas en Seguridad Vial, SSA, CENAPRA-OPS, México, 2009.
Auditorías de Seguridad Vial. Federal Highway Administration, USA, 2006.
-Guías de Auditorías de Seguridad Vial, Conceptos Generales. University of New Brunswick Transportation Group, Canada, 1999.
-Auditorías de Seguridad Vial. Austroads , second edition, Australia, 2002.
-Guías para Realizar una Auditorías de Seguridad Vial. CONASET. Chile, 2003.
Road Safety Audit Guidelines. Federal Highway Administration, USA, 2006.
-The Canadian Guide to In Service Road Safety Reviews. The Transportation Association of Canada. Canada. 2003.
-Road Safety Audit Guidelines. University of New Brunswick Transportation Group, Canada, 1999.
-Road Safety Audit. Austroads , second edition, Australia, 2002.
-Road Safety Audit. National Cooperative Highway Research Program, USA, 2004.
Informe sobre la Situación Mundial de la Seguridad Vial. OMS. Suiza. 2009.
-European Standard. Road Restraint Systems. 1317-1: 1998.
-Report 350. National Cooperative Highway Research Program, USA, 1993.

COMPONENTES IMESEVI. ALCOHOLIMETRIA

Justificación

Debido al impacto y magnitud de las lesiones asociadas a estos factores, la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda a las naciones aplicar medidas concretas para prevenir los choques en la vía pública, reducir al mínimo los traumatismos y sus consecuencias, y evaluar las repercusiones de estas medidas; establecer y aplicar límites de alcoholemia para los conductores, con análisis del aliento aleatorios en puestos de control de sobriedad; potenciar los programas de aplicación de la ley mediante campañas de información y educación del público (por ejemplo, sobre los riesgos que entraña conducir a velocidades excesivas o bajo los efectos del alcohol, y las consecuencias sociales y jurídicas de hacerlo).

Objetivo
Impulsar la implementación de operativos de control de aliento aleatorios en los municipios con mayor mortalidad por accidentes de tránsito, a fin de disminuir las lesiones asociadas a la conducción bajo los efectos del alcohol.

Cobertura
• Municipios con mayor índice de defunciones por accidentes de vehículo de motor y,
• Municipios elegidos bajo los criterios de: alta movilidad, concentración de establecimientos con venta de bebidas alcohólicas y alto incide de siniestralidad.
Beneficiarios
• Población en general.

Descripción
Con base en el Convenio Especifico para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas (AFASPE), la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud , de la Secretaría de Salud, transferirá recursos a los Servicios de Salud de los Estados, para la aplicación del Programa Nacional de Alcoholimetría, con el objetivo de prevenir accidentes en carreteras ocasionados por el consumo de alcohol. Cabe destacar que el recurso será administrado por los servicios de salud de las Entidades federativas.
El Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes a través de su Secretario Técnico, es la instancia responsable de coordinar la operación y seguimiento del Programa.

Requisitos
Los Municipios deben reunir los siguientes requisitos:
• Contar con datos estadísticos, epidemiológicos y documentos que sirvan como evidencia científica, para acceder al Programa.
• Establecer en su agenda política el tema de Seguridad Vial como prioritario; en caso de no contar con marco legal para la realización de dichos operativos, deberá gestionar la aprobación en su cabildo o instancia pertinente.
• El Municipio podrá dirigirse a los Servicios de Salud del estado, con el Secretario Técnico del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes (COEPRA), quien será el responsable de establecer si el Municipio es susceptible de participar del Programa .
• Elaborar una Carta Acuerdo, Convenio o documento legal, donde se establezcan los derechos y obligaciones de cada una de las partes.
• Instruir a los cuerpos de seguridad pública o tránsito correspondiente para que asuman el liderazgo como instancia responsable de la operación del Programa.
Características de los apoyos
• Adquisición de equipos de alcoholimetría,
• Adquisición de insumos (boquillas, calibradores, impresoras) para la realización de pruebas de alcoholimetría y,
• Materiales de difusión (Manual para la Implementación de Operativos, Formatos para la recolección de datos) relacionados con la aplicación de operativos de alcoholimetría.